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PERFILES EDÚCATE PARA EDUCAR

JOSHUA ELIJAH GERMANO GARCÍA

Perito, experto en legislación educativa, según artículo 408 de ley 906 de 2004; es autor de cuatro (4) libros en el tema de la legislación educativa, y autor de 23 textos de guía a manera de material de abordaje socio jurídico, en diversos temas del ámbito escolar.
Se trata del documento que recoge la información personal, educativa, formativa y laboral que una persona ha adquirido a lo largo de su vida. Su objetivo es el de servir como apoyo y representación ante la postulación para un puesto de trabajo.
Código de Procedimiento Penal. Artículo 408. Quiénes pueden ser peritos. Podrán ser peritos, los siguientes:
1. Las personas con título legalmente reconocido en la respectiva ciencia, técnica o arte.
2. En circunstancias diferentes, podrán ser nombradas las personas de reconocido entendimiento en la respectiva ciencia, técnica, arte, oficio o afición, aunque carezca de título.
A los efectos de la cualificación podrán utilizarse todos los medios de prueba admisibles, incluido el propio testimonio del declarante que se presenta como perito.
Perito Experto en Legislación Educativa

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